Elementos de coacción
El propósito de este capítulo del Código Municipal de Richland es reconocer la importancia de la violencia doméstica como un delito grave contra la sociedad y asegurar a la víctima de la violencia doméstica la máxima protección contra el abuso que la ley y los que la hacen cumplir pueden proporcionar. [Ord. 20-11 § 1.06; Ord. 2022-28 § 1].
“Relación de noviazgo” significa una relación social de naturaleza romántica. Los factores que el tribunal puede considerar al hacer esta determinación incluyen: (1) la duración de la relación; (2) la naturaleza de la relación; y (3) la frecuencia de la interacción entre las partes.
B. Una persona es culpable de agresión en cuarto grado si, en circunstancias no constitutivas de agresión en primer, segundo o tercer grado, o de agresión con custodia, agrede a otro miembro de la familia o del hogar.
Una persona es culpable de imprudencia temeraria en segundo grado cuando él o ella imprudentemente pone en peligro a otro miembro de la familia o del hogar, en una conducta no equivalente a imprudencia temeraria en primer grado como se define en RCW 9A.36.045, pero que crea un riesgo sustancial de muerte o lesiones físicas graves a otro miembro de la familia o del hogar. Peligro imprudente es un delito menor grave. [Ord. 20-11 § 1.06; Ord. 2022-28 § 1].
Ley de coacción médica
Maltrato físico: Golpear, abofetear, empujar, agarrar, pellizcar, morder, tirar del pelo, etc. son tipos de maltrato físico. Este tipo de maltrato también incluye negar a la pareja atención médica u obligarla a consumir alcohol y/o drogas.
Abuso sexual: Coaccionar o intentar coaccionar cualquier contacto o comportamiento sexual sin consentimiento. El abuso sexual incluye, entre otros, la violación conyugal, los ataques a partes sexuales del cuerpo, forzar las relaciones sexuales después de que se haya producido violencia física o tratar a una persona de manera sexualmente degradante.
Abuso emocional: Socavar el sentido de autoestima de una persona es abusivo. Esto puede incluir, entre otras cosas, la crítica constante, la disminución de las propias capacidades, los insultos o el deterioro de la relación con los hijos.
Maltrato psicológico: Los elementos del maltrato psicológico incluyen, entre otros, causar miedo mediante la intimidación; amenazar con daños físicos a uno mismo, a la pareja, a los hijos o a la familia o amigos de la pareja; destruir animales domésticos y propiedades; y forzar el aislamiento de la familia, los amigos o la escuela y/o el trabajo.
Ley de coacción de California
8. Violación de las disposiciones de una orden de alejamiento o de protección que restrinja al miembro de la familia o del hogar o que excluya al miembro de la familia o del hogar de una residencia (RCW 26.09.300, 26.50.060, 26.50.070, 26.50.110, 26.50.130, o 26.52.070, o capítulo 74.34 RCW, y WRMC 9.05.020).
B. Una persona es culpable de asalto en el cuarto grado si, bajo circunstancias que no ascienden al asalto en el primer, segundo, o tercer grado, o asalto custodial, él o ella asalta a otro miembro de la familia o del hogar.
Una persona es culpable de imprudencia temeraria en segundo grado cuando él o ella imprudentemente pone en peligro a otro miembro de la familia o del hogar, en una conducta no equivalente a imprudencia temeraria en primer grado como se define en RCW 9A.36.045, pero que crea un riesgo sustancial de muerte o lesiones físicas graves a otro miembro de la familia o del hogar. Peligro imprudente es un delito menor grave. [Ord. 36-12 § 2 (Att. A), 2012].
1. Él o ella sigue intencional y repetidamente a un miembro de la familia o del hogar a la casa de ese miembro de la familia o del hogar, escuela, lugar de trabajo, negocio, o cualquier otro lugar, o sigue a la familia o miembro del hogar, mientras que el miembro de la familia o del hogar está en tránsito entre los lugares, y
¿Es la coacción un delito?
Evan Stark afirma que el maltrato físico perpetrado por la pareja y otras formas de violencia contra la mujer deben entenderse como una violación de los derechos humanos. Los autores abordan la innovación política y analítica retóricamente poderosa de Stark esbozando un reto teórico y otro práctico para cambiar el paradigma que los investigadores, defensores y responsables políticos utilizan para describir, explicar y remediar los daños del control coercitivo, pasando del delito menor de agresión a la violación de los derechos humanos. El reto teórico consiste en superar la dicotomía público/privado en la que se basan las concepciones liberales de los derechos humanos. El reto práctico consiste en utilizar el marco de los derechos humanos en Estados Unidos, dada la indiferencia pública hacia la retórica o la legislación de los derechos humanos, la reticencia de los responsables políticos estadounidenses a someterse al escrutinio o a procesos orientados a la justicia en virtud del derecho internacional sobre cuestiones de derechos humanos y, especialmente, sobre crímenes de guerra, y el consiguiente legado estadounidense de negativa a participar de forma significativa en el proceso internacional de derechos humanos. Los autores concluyen que el empleo de un marco de derechos humanos tiene potencial en Estados Unidos, pero el cambio de paradigma que defiende Stark no se materializará sin una amplia movilización del interés y la comprensión de los derechos humanos entre los defensores de la violencia doméstica y la sociedad en general.