Discriminación de género en España
En este artículo, además de la salud física y mental de la víctima, también la protege contra la llamada “violencia doméstica”. Es decir, se protege a la víctima durante la convivencia con el maltratador. Según el Tribunal Supremo, el maltrato doméstico se define como “cualquier acto o palabra abusiva, violenta, coercitiva, contundente o amenazante infligida por un miembro de la familia o del hogar a otro puede constituir violencia doméstica”. En consecuencia, debe “proteger a los más débiles físicamente de las agresiones de los miembros más fuertes de la familia”.
Por otra parte, la Ley 1/2004 (puedes consultarla aquí) de Medidas de Protección contra Actos Violentos, especifica que “cuando las lesiones se realicen sobre la mujer con la que comparte o ha compartido una relación afectiva constituyen acciones de poder y superioridad frente a ella, con independencia de las causas o propósitos del maltratador”. Así, el Código Penal establece penas concretas para la violencia de género, diferenciándola de los delitos de lesiones ordinarios. Como vemos, el artículo 153 va un paso más allá del artículo 148.
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Según el artículo 178 del Código Penal, una persona será culpable de una agresión sexual cuando ofenda la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación. Cuando sea declarada culpable, una persona será castigada por agresión sexual con una pena de prisión de uno a cinco años.
La violencia y la intimidación se corresponden entre sí, ya que ambas contienen elementos de coacción, lesiones y amenazas. Es evidente que estos elementos son eficaces y suficientes para vencer la voluntad de la víctima. Es necesario que, de no ser por la violencia e intimidación causadas por el acusado, la voluntad de la víctima no hubiera sido vencida. Los actos de la víctima deben ser involuntarios. La intimidación no tiene por qué ir dirigida a la víctima, puede ser indirecta. Por ejemplo, el agresor podría amenazar con hacer daño a la familia de la víctima a menos que ésta acceda.
Datos sobre la violencia doméstica en España
El número de víctimas de maltrato de género en España mostró una tendencia a la baja durante el periodo de tiempo considerado, fluctuando desde un máximo en 2008 con 76 mujeres asesinadas por sus parejas y registrando su punto más bajo en 2021 con 43 víctimas. Ley Orgánica 1/2004
En 2020, Andalucía, Comunidad Valenciana y País Vasco fueron las comunidades autónomas que registraron un mayor número de delitos en materia de violencia de género. La edad más común entre los agresores osciló entre los 30 y los 44 años, mientras que menos de 400 personas que agredieron a mujeres tenían 19 años o menos. Esto podría significar o bien que los adolescentes son menos proclives a denunciar estos delitos, o bien un cambio de actitud entre las generaciones más jóvenes. En realidad, el número de mujeres menores de edad que fueron asesinadas en agresiones de violencia de género en España se ha mantenido por debajo de la decena anual desde al menos 2013. En 2021, sin embargo, esta cifra creció por primera vez en cuatro años.
Ley de violencia doméstica en España
En 2004 se aprobó la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Esta Ley aborda la violencia de género desde un punto de vista integral y modifica artículos de varias leyes españolas como la Ley Penal, la Ley Penal, la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Reforma de la Función Pública y la Ley General de la Seguridad Social.
La Ley incluye numerosas disposiciones sobre educación y formación. El ámbito de la prevención, la sensibilización y la detección recibe una importante atención a través de un claro enfoque en la educación, la publicidad y la asistencia sanitaria. La ley solicita acciones por parte de los centros educativos para influir en los contenidos de los planes de estudio con el fin de ofrecer una educación que destaque los valores de tolerancia, respeto, paz e igualdad. Las acciones también se dirigen a los distintos colectivos profesionales para mejorar la formación de quienes atienden los problemas derivados de los malos tratos.